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ORGANIZACIÓN

El Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea encomienda al Sistema Europeo de Bancos Centrales (SEBC) la función de banco central de la Unión. En relación con los Estados miembros de la UE que no participan en la Unión Económica y Monetaria, los términos «SEBC» y «Unión» han de entenderse, respectivamente, como «Eurosistema» y «zona del euro».
La formulación y la aplicación de la política monetaria de la zona del euro corresponden al Eurosistema. Se trata de una función pública que se lleva a cabo, principalmente, mediante operaciones en los mercados financieros. Para desempeñar esta tarea, resulta fundamental el control pleno que el Eurosistema ejerce sobre la base monetaria. El BCE y los bancos centrales nacionales (BCN) son las únicas instituciones autorizadas a emitir billetes de curso legal en la zona del euro. Dada la situación de dependencia del sistema bancario respecto de la base monetaria, el Eurosistema puede ejercer una influencia dominante sobre la situación del mercado monetario y sobre los tipos de interés de dicho mercado.
Las operaciones en divisas afectan a dos variables relevantes para la política monetaria: los tipos de cambio y la situación de liquidez de la zona del euro. Por tanto, es lógico que esta tarea le haya sido encomendada al Eurosistema, ya que, además, los bancos centrales disponen de todos los instrumentos operativos necesarios. Asimismo, en el ejercicio de esta función, los bancos centrales garantizan que las operaciones en divisas sean compatibles con los objetivos de la política monetaria.
Los sistemas de pago constituyen un medio de transferencia de dinero entre entidades de crédito y otras instituciones monetarias. Esta función los sitúa en el núcleo de la infraestructura financiera de la economía. Al encomendar al Eurosistema la tarea de promover el buen funcionamiento de los sistemas de pago, se reconoce la importancia de disponer de sistemas de pago eficientes para la ejecución de la política monetaria y el fomento de la estabilidad del sistema financiero y, por consiguiente, del conjunto de la economía.
Una de las razones principales de la gestión de la cartera de reservas exteriores es garantizar que el BCE disponga de liquidez suficiente para sus operaciones en divisas. Esta gestión la realizan actualmente de forma descentralizada los BCN que deciden participar en la gestión de las reservas exteriores del BCE. Estos BCN actúan por cuenta del BCE conforme a las instrucciones recibidas de éste. Aunque los BCN gestionan de manera independiente sus propias reservas exteriores, sus operaciones en el mercado de divisas, cuando sobrepasan cierto límite, están sujetas a la aprobación del BCE para garantizar su compatibilidad con la política cambiaria y monetaria del Eurosistema.
OR.009 01/07
Banco Central Europeo