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En junio de 1988, el Consejo Europeo confirmó el objetivo de lograr progresivamente una Unión Económica y Monetaria (UEM). Constituyó un Comité, presidido por el entonces presidente de la Comisión Europea, Jacques Delors, con el fin de que estudiase y propusiera fases concretas para avanzar hacia dicha unión.
El Comité estaba formado por los gobernadores de los bancos centrales nacionales (BCN) de los países de la CE, Alexandre Lamfalussy, en aquél momento director general del Banco de Pagos Internacionales, Niels Thygesen, catedrático danés de Economía, y Miguel Boyer, entonces presidente del Banco Exterior de España.
Fruto de su trabajo, el Informe Delors proponía que la unión económica y monetaria se alcanzase en tres fases que marcasen una evolución mesurada aunque progresiva.
Atendiendo a las conclusiones del Informe Delors, el Consejo Europeo decidió en junio de 1989 que la primera fase de la UEM comenzaría el 1 de julio de 1990, fecha en que quedaban suprimidas, en principio, las restricciones a la circulación de capitales entre los Estados miembros.
El Comité de Gobernadores de los Bancos Centrales de los Estados miembros de la Comunidad Económica Europea, que había desempeñado un papel de creciente relevancia en la colaboración monetaria desde que fuera creado en 1964, recibió, en virtud de una Decisión del Consejo de 12 de marzo de 1990, la atribución de nuevas competencias, entre ellas mantener consultas sobre las políticas monetarias de los Estados miembros e impulsar la coordinación en dicho ámbito, a fin de conseguir la estabilidad de precios.
En vista de la relativa escasez del tiempo disponible y de la complejidad de las tareas, el Comité de Gobernadores comenzó, asimismo, la realización de los trabajos preparatorios para el inicio de la tercera fase de la UEM. El primer paso consistió en identificar las cuestiones que debían someterse a examen previo a fin de ultimar, antes del final de 1993, un programa de trabajo y determinar, en consecuencia, el cometido de los subcomités que habían sido creados y de los grupos de trabajo establecidos a tal efecto.
Para la realización de las fases segunda y tercera, resultaba necesario revisar el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea (el Tratado de Roma) a fin de establecer la infraestructura institucional necesaria. Con este objetivo, se convocó una Conferencia Intergubernamental sobre la UEM, que tuvo lugar en 1991, simultáneamente a la Conferencia Intergubernamental sobre la unión política.
Las negociaciones concluyeron con la adopción, en diciembre de 1991, del Tratado de la Unión Europea, que fue firmado en Maastricht el 7 de febrero de 1992. No obstante, debido a los retrasos ocurridos en el proceso de ratificación, hasta el 1 de noviembre de 1993 no entró en vigor el Tratado (que modifica el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea, que pasó a denominarse Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, y le añade, además de otros anexos, el Protocolo sobre los Estatutos del Sistema Europeo de Bancos Centrales y del Banco Central Europeo ( pdf 200 kB, es) y el Protocolo sobre los Estatutos del Instituto Monetario Europeo).
Principio de páginaLa creación del Instituto Monetario Europeo (IME), el 1 de enero de 1994, señaló el comienzo de la segunda fase de la UEM y supuso la disolución del Comité de Gobernadores. La existencia transitoria del IME reflejaba igualmente el estado de integración monetaria en la Comunidad: entre sus atribuciones no figuraba la dirección de la política monetaria en la Unión Europea, que siguió siendo competencia exclusiva de las autoridades nacionales, ni tampoco la intervención en los mercados de divisas.
Las dos funciones principales del IME eran:
A estos efectos, el IME constituyó un foro de consulta, debate e información sobre cuestiones de política monetaria, al tiempo que estableció el marco necesario en materia de normativa, de organización y de logística para que el SEBC llevase a cabo sus tareas en la tercera fase.
Acerca de los trabajos preparatorios del IME
En diciembre de 1995, el Consejo Europeo acordó que la unidad monetaria europea, que habría de introducirse al inicio de la tercera fase, se denominaría «euro», y confirmó que dicha fase comenzaría el 1 de enero de 1999. Además, se anunció el orden cronológico de una serie de acontecimientos que marcarían el avance del proceso de transición al euro. Estas actividades seguían, en su gran mayoría, diversas propuestas detalladas elaboradas por el IME.
El IME recibió, además, el encargo de realizar los trabajos preparatorios de las futuras relaciones monetarias y cambiarias entre los países de la zona del euro y los demás países de la UE. En diciembre de 1996, el IME presentó al Consejo Europeo un informe que constituyó la base para la elaboración de una Resolución del Consejo Europeo sobre los principios y elementos fundamentales del nuevo mecanismo de tipos de cambio (MTC II), que fue adoptado en junio de 1997.
En diciembre de 1996, el IME presentó asimismo al Consejo Europeo, y posteriormente al público, las series de los diseños de los billetes en euros seleccionados que entrarían en circulación el 1 de enero de 2002.
A fin de completar y desarrollar las disposiciones del Tratado relativas a la UEM, el Consejo Europeo adoptó, en junio de 1997, el Pacto de Estabilidad y Crecimiento, del que forman parte dos reglamentos cuya finalidad es garantizar la disciplina presupuestaria en relación con la UEM. En mayo de 1998, el Consejo emitió una declaración por la que se ampliaba el Pacto y se reforzaban los compromisos adquiridos.
El 2 de mayo de 1998, el Consejo de la Unión Europea, en su composición de Jefes de Estado o de Gobierno, decidió por unanimidad que once Estados miembros cumplían las condiciones necesarias para la participación en la tercera fase de la UEM y la adopción de la moneda única el 1 de enero de 1999. Dichos Estados eran Bélgica, Alemania, España, Francia, Irlanda, Italia, Luxemburgo, Países Bajos, Austria, Portugal y Finlandia. Los Jefes de Estado o de Gobierno llegaron asimismo a un acuerdo político con relación a las personas que habrían de recomendarse como miembros del Comité Ejecutivo del BCE.
Asimismo, en mayo de 1998, los ministros de Economía de los Estados miembros que habían adoptado la moneda única acordaron, junto con los gobernadores de los bancos centrales nacionales de dichos países, la Comisión Europea y el IME, que los tipos de cambio centrales bilaterales del SME de las monedas de los Estados miembros participantes serían utilizados para determinar los tipos de conversión irrevocables del euro.
El 25 de mayo de 1998, los gobiernos de los once Estados miembros participantes nombraron al presidente, al vicepresidente y a los otros cuatro miembros del Comité Ejecutivo del BCE. La toma de posesión efectiva de estos cargos tuvo lugar el 1 de junio de 1998 y señaló la constitución del BCE. El BCE y los bancos centrales nacionales de los Estados miembros participantes constituyen el Eurosistema, sobre el que recae el cometido de establecer y formular la política monetaria única en la tercera fase de la UEM.
Tras la creación del BCE, el 1 de junio de 1998, las funciones del IME tocaron a su fin. De conformidad con el artículo 123 (antiguo artículo 109 L) del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, el IME entró en liquidación en el momento de la constitución del BCE. La totalidad de los trabajos preparatorios encomendados al IME concluyó en el plazo previsto y el BCE empleó el resto de 1998 en la realización de las pruebas finales del funcionamiento de diversos sistemas y procedimientos.
Principio de páginaEl 1 de enero de 1999 daba comienzo la tercera y última fase de la UEM con la fijación irrevocable de los tipos de cambio de las monedas de los once Estados miembros participantes desde el principio en la Unión Monetaria y el inicio de la ejecución de la política monetaria única bajo la responsabilidad del BCE.
Tras la incorporación de Grecia el 1 de enero de 2001, de Eslovenia el 1 de enero de 2007, de Chipre y Malta un año después, y de Eslovaquia el 1 de enero de 2009, dieciséis Estados miembros participan en la tercera fase de la UEM. Los bancos centrales de dichos países forman parte del Eurosistema desde el día de su incorporación a la zona del euro.
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